El estado, con el cobro de impuestos que sirven a los ciudadanos, afecta directamente el progreso económico de éstos, y entonces, tanto los recursos como los servicios oficiales, tienen sus límites en el éxito económico de la gente, cuyas condiciones necesarias el estado no debe hacer peligrar con una tributación desmedida. El estado debe cumplir con sus funciones, pero con medios limitados. En su plan presupuestario él administra la asunción de sus tareas, sus gastos, para la que cuenta sólo con entradas fiscales limitadas. El estado decide la distribución de los recursos para las diversas funciones de forma tal que el desempeño reducido de ellas satisfaga a la conservación del modo antagónico de producción. El estado afirma el carácter indispensable de su actividad cuando no repara en los recursos reales existentes para cumplirla; conserva su capacidad funcional mediante el endeudamiento.
a) En las disposiciones legales que promulga contra él mismo, el estado admite los límites económicos de los servicios que presta. Estas leyes tienen como fin la conservación de la capacidad funcional del estado, que como consecuencia de los recursos limitados que la sociedad le entrega está permanentemente amenazada. De acuerdo a tal propósito el estado ejerce el principio de la administración contable unificada, que coloca a sus fondos libres de cualquier reclamo jurídico de sus ciudadanos. Todas las entradas fiscales son en principio recursos para todos los gastos, que a su vez una vez resueltos acatan el principio de la asignación definida. Al principio de no afectación va unida la prohibición de fondos de reserva que no asignen dineros públicos a fines determinados y que, indiferentes de las necesidades del momento, eludan la libre disponibilidad. La afectación y la especificación fijan los fondos de una partida de gastos para un fin determinado en un lapso prefijado. Todos estos hermosos principios deben impedir que el gobierno en su política presupuestaria descuide funciones para las cuales existen recursos, que desperdicie éstos en gastos inútiles, y que mediante manipulaciones contables transforme déficits en un presupuesto equilibrado.
b) Como el estado al confeccionar su presupuesto debe considerar "el volumen y la composición de las erogaciones previstas en sus relaciones recíprocas con el desarrollo probable del conjunto de las potencialidades de la economía", y semejante pronóstico, por la libertad que él da a los sujetos económicos, le resulta muy difícil, entonces ya de antemano el estado se perdona sus cálculos fallidos. Con la ayuda de la cláusula de garantía de fondos ordinarios (compensación entre las partidas del presupuesto con excedentes y déficits), y la cláusula sobre transferencia de saldos (pagos diferidos al próximo año fiscal), el estado elude todos los correctos principios que él mismo había establecido. También hace lo necesario cuando, debido a que el gobierno calculó mal al elaborar su presupuesto, se concede el derecho de operar con partidas "extraordinarias" y "adicionales". Y porque el dinero indispensable se acabó si todo el existente ya ha sido asignado, existe una legislación sobre las condiciones a cumplir cuando el estado quiere endeudarse. La deuda pública es parte normal y corriente de la política financiera burguesa porque el estado debe asumir sus funciones, aún y justamente cuando a raíz del fracaso económico de sus ciudadanos en la competencia, éstos no pueden proporcionarle los recursos requeridos, y las colisiones entre ellos son causa de perjuicios y motivo de sacrificios.
c) Mientras el estado en su relación con la competencia entre los capitalistas ("capitalista total ideal" § 5 b), cuida que los intereses del capital bancario no amenacen la función del sistema crediticio para la acumulación del capital industrial y pone límites a la acumulación de capital monetario hecha inflando el negocio crediticio, con sus deudas, el fisco contribuye a aumentar el crédito. Siempre y cuando sean las suyas al estado le importa un comino que las deudas circulen y sean usadas para su fictiva conversión en capital. Que los títulos de la deuda pública, al circular como moneda giral "garantizada" por el estado, influyen sobre la oferta y la demanda de crédito, y que el resultado se llama inflación, el estado lo sabe y lo tiene en cuenta. Por supuesto que tampoco las consecuencias de la inflación, el agravamiento de los conflictos con las clases sociales debilitadas en el poder de compra del salario, hace que el estado abandone su política de déficit presupuestario.
d) Al ser la deuda fiscal el recurso del estado para asumir sus funciones de conservar la sociedad de clases, el estado asiente que sus derechos sobre los ciudadanos están vinculados a su dependencia económica de ellos. La soberanía fiscal del estado descansa en el haber renunciado a sus potencialidades económicas directas, en su conversión en un poder que usufructúa de los propósitos económicos de sus súbditos. El estado burgués, en sus comienzos, era él mismo un sujeto económico; como tal se volvió dependiente del comercio y la industria, y fue obligado entonces a hacer concesiones. La cesión de la riqueza y del derecho a su empleo a capitalistas privados fue el camino hacia el estado moderno, que sirve a su sociedad cuando la domina. (Ver el papel del crédito en la acumulación originaria.)